Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1763/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.14.
II.14.El ahora accionante remitió memorial al Jefe Departamental de Trabajo de Oruro, por el cual solicitó se conmine al personero legal de UDABOL, al cumplimiento obligatorio de la reincorporación a su fuente de trabajo, pago de sueldos devengados y otros derechos colaterales actualizados a la fecha de su reincorporación (fs. 59 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- improcedente
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre las normas aplicables al despido injustificado
- El Estado, mediante tribunales y organismos administrativos especializados, resolverá todos los conflictos emergentes de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores, incluidos los de la seguridad industrial y los de la seguridad social'
- III.4. Derecho al trabajo
- III.5. La estabilidad laboral como derecho fundamental
- III.6.
- Fragmento 18
- REVOCAR