Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1763/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.3.
II.3. De fs. 29 a 30, se tiene documento de asignación de horas de 17 de agosto de 2009, suscrito por el ahora accionante, como miembro de la “AADI” (sic) y la entidad demandada, cuya vigencia señala de 17 a 31 de agosto de 2009, en la que hace referencia que dicho documento fue parte de un contrato de asociación accidental de la misma fecha.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- improcedente
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre las normas aplicables al despido injustificado
- El Estado, mediante tribunales y organismos administrativos especializados, resolverá todos los conflictos emergentes de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores, incluidos los de la seguridad industrial y los de la seguridad social'
- III.4. Derecho al trabajo
- III.5. La estabilidad laboral como derecho fundamental
- III.6.
- Fragmento 18
- REVOCAR