SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1812/2012
Fecha: 01-Oct-2012
1)
Los terceros interesados a través de su abogado, indicaron que: 1) Se inició una denuncia por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado contra el accionante y luego se amplió por los mismo delitos contra la Jueza Quinta de Instrucción en lo Civil; 2) La Fiscal Patricia Alejandra Santos Cabrera, conoció la denuncia y rechazó la querella, sin cumplir con diligencias que se le propusieron, como inspecciones oculares a la “Alcaldía de Achocalla” y a DD.RR., actuaciones que si bien fueron ordenadas por la Fiscal de Distrito, aún no fueron cumplidas, no pudiéndose por ello, determinar la ubicación del terreno; 3) La autoridad demandada actuó dentro de los límites que establece la ley y no se pueden limitar sus funciones por simples caprichos; 4) El accionante sabía y conocía de las irregularidades antes de rematar un inmueble ajeno a la garantía, toda vez que interpusieron tercerías e incidentes que fueron de su conocimiento; 5) La Fiscal demandada, determinó que habian diligencias pendientes y que no se habría hecho una investigación idónea, ordenando que se concluyan las mismas y que se requiera según establezca la ley, sin haberle ordenado a la Fiscal del caso que investigue e impute, entonces no se extralimitó en sus funciones y por ello no lesionó los derechos del accionante; 6) Piden se deniegue la tutela solicitada y se prosiga con la acción penal conforme lo establece la ley y se condene en costas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- la tercera fase es la relativa a la decisión que contiene elementos específicos como la motivación, la congruencia y la sentencia justa
- Fragmento 14
- El principio de congruencia adquiere manifiesta relevancia en dos ámbitos, por una parte respecto al proceso como unidad, pues al delimitar el campo de acción de las partes y del órgano jurisdiccional, condiciona su desenvolvimiento; por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos puestos a consideración del juzgador
- en toda resolución, deben en principio identificarse las partes, una suma de las pretensiones así como también el objeto de la resolución, posterior a ello, tendrá que exponerse una parte relativa de lo demandado, otra relativa a los hechos comprobados por el juzgador
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- REVOCAR