SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1812/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1812/2012

Fecha: 01-Oct-2012

c)

c)    La autoridad demandada mencionó que la Fiscal de Materia, Patricia Alejandra Santos Cabrera, dispuso el rechazo de la querella al evidenciar que no existirían suficientes elementos de convicción para fundar una acusación, aspecto que no guarda coherencia con lo verdaderamente expresado por esta Fiscal, toda vez que su determinación de rechazo de querella, fue fundada en la inexistencia de los elementos constitutivos de los delitos querellados y al haberse establecido que no existió la comisión de ilícito alguno, tal como se mencionó en la Conclusión II.3 del presente fallo.

Las situaciones descritas, de acuerdo al entendimiento señalado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, configuran la falta de congruencia cuestionada por el accionante y que efectivamente se hacen presentes en algunas de las aseveraciones mencionadas por la autoridad demandada al momento de pronunciar su resolución, situación por la cual se debe conceder la tutela solicitada, al haberse  comprobado en esta instancia, que son ciertas las discrepancias identificadas y desarrolladas precedentemente, mismas que lesionan el derecho del accionante al debido proceso, en su elemento de congruencia, el cual es exigible dentro de una resolución, guardando la debida correspondencia entre los hechos comprobados por la autoridad que lo pronuncia con la determinación que asuma.