SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.3.
II.3. Una vez recibida la compulsa, el Magistrado de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, actuando como Vocal Semanero, por decreto de 23 de abril de 2012, dispuso su remisión a la Sala que corresponda, previo sorteo (fs. 30), actuado procesal que se produjo el 26 de abril de 2012, conforme consta en el sello correspondiente, suscrito por Secretaría de Cámara de la Sala Plena (fs. 30 vta.); remitiéndose la causa a la Sala Segunda del precitado Tribunal (fs. 30 vta.), mereciendo proveído de 3 de mayo de 2012, por el cual, el Magistrado de la Sala Segunda, Javier Peñafiel Bravo, dispuso que con carácter previo informen las Secretarias de Cámara de Sala Plena y de la Sala Segunda, si la compulsa fue formalizada ante el “Tribunal de Justicia Agroambiental” (fs. 31).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.2. Sobre la duplicidad de recursos
- III.3. Incidente de nulidad en materia agroambiental
- III.4.Análisis del caso concreto
- INFUNDADO