SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.4.
II.4. Como consecuencia de la instrucción referida en la Conclusión anterior, la Secretaria de Cámara de la Sala Segunda informó que la remisión de la compulsa anunciada por la reconvencionista Norma Zurita Suárez, cuenta únicamente con el testimonio emitido por el Juzgado Agroambiental de Yapacaní, en el cual, no consta el memorial de anuncio de compulsa. Por otro lado, señaló que el 2 de mayo de 2012, cuando el expediente se encontraba en despacho, Jorge Aldana Flores, presentó memorial de apersonamiento y presentación de prueba fehaciente (fs. 42). La Secretaría de Sala Plena igualmente hizo conocer que hasta el último momento antes del sorteo, no se apersonaron las partes para formalizar el recurso de compulsa (fs. 47 a 48). Informes que se elevaron a conocimiento del Magistrado Semanero (fs. 43).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.2. Sobre la duplicidad de recursos
- III.3. Incidente de nulidad en materia agroambiental
- III.4.Análisis del caso concreto
- INFUNDADO