SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1942/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.5.
II.5. Por Auto Supremo 522 de 29 de octubre de 2010, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por el procesado Juan Luís Gutiérrez y por el acusador particular, Víctor Martínez Martínez (fs. 162 a 164). Indicando, por una parte, que el recurso de casación opuesto por el procesado no cumpliría ni reuniría los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, debido a que, el procesado no tiene atribución alguna para reclamar por aspectos que corresponden al acusador particular, más aún tratándose del recurso de apelación restringida de éste, por otra parte, no precisa ni especifica, de qué manera el Auto de Vista impugnado no habría resuelto los puntos que por su parte, habría apelado y respecto al acusador particular, en su Recurso de Casación, no guarda correspondencia de contradicción puntual con los precedentes contradictorios invocados, ya que tales Autos no se refieren a casos afines al presente, sino a delitos de Peculado y otros.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión; es decir, que el accionante no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo a momento de la persecución o la privación de la libertad; presupuestos que en el caso de autos no se presentan; toda vez que, se ha evidenciado que la supuesta falta de motivación y fundamentación invocada no está vinculada directamente con su libertad, cuya restricción responde a la ejecución de una sentencia condenatoria dictada dentro del fenecido proceso penal seguido en su contra, no siendo evidente la indefensión absoluta, toda vez que ha usado de los recursos y medios legales previstos por ley en ejercicio de su derecho a la defensa; circunstancia que determina, se deniegue la tutela
- III.3. Acción de libertad y fundamentación de las resoluciones
- Fragmento 20
- III.4. El caso concreto
- i)
- CONFIRMAR