SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1942/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III.3. Acción de libertad y fundamentación de las resoluciones
Respecto a la falta de fundamentación de las resoluciones la SC 1520/2011-R de 11 de octubre, estableció que: ”…es incuestionable que la alegada vulneración de la garantía del debido proceso, circunscrita a la supuesta falta de motivación y fundamentación en los Autos Supremos 340 y 175, que resolvieron las solicitudes de extinción de la acción penal impetradas por el accionante, no guardan vínculo alguno con la restricción de la libertad física de su representado, quien quedó constreñido al cumplimiento de la Sentencia condenatoria dictada en su contra, dentro de un proceso penal en el que ejerció defensa plena, deducible de la interposición de los recursos ordinarios dispuestos a su favor, conforme se describe en las Conclusiones de la presente Resolución; circunstancias que confirman la inviabilidad de los alcances de la tutela de la acción de libertad, al no concurrir los presupuestos de activación requeridos para su procedencia, e impidiendo que este Tribunal ingrese al análisis de fondo de los hechos denunciados”.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión; es decir, que el accionante no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo a momento de la persecución o la privación de la libertad; presupuestos que en el caso de autos no se presentan; toda vez que, se ha evidenciado que la supuesta falta de motivación y fundamentación invocada no está vinculada directamente con su libertad, cuya restricción responde a la ejecución de una sentencia condenatoria dictada dentro del fenecido proceso penal seguido en su contra, no siendo evidente la indefensión absoluta, toda vez que ha usado de los recursos y medios legales previstos por ley en ejercicio de su derecho a la defensa; circunstancia que determina, se deniegue la tutela
- III.3. Acción de libertad y fundamentación de las resoluciones
- Fragmento 20
- III.4. El caso concreto
- i)
- CONFIRMAR