SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1952/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1952/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III.4.2. Incumplimiento de la carga probatoria

Independientemente de lo expuesto en el punto anterior, cabe    también mencionar, que la accionante, tampoco acreditó los hechos referidos en los antecedentes de su demanda, puesto que si bien indicó, que se emitieron boletas de pago sin percibir remuneración, las mismas no fueron adjuntadas a su demanda; además, refirió que su representado no percibió remuneración alguna desde enero de 2010 y en audiencia tutelar, de manera contradictoria, señaló que fue desde julio de 2009; por otro lado, no se tiene evidencia de alguna Resolución, por la que se haya dispuesto la retención de haberes o la orden de no pagarse su sueldo o salario; asimismo, se tiene que en su petitum solicitó, se restituya a su fuente laboral a Jimmy Terán Luna; sin embargo, en su propio memorial, indica que sigue trabajando en el Comando Departamental de El Alto, sin remuneración. Circunstancias entre otras, que nos hacen colegir, que la parte accionante, no cumplió con su obligación de correr con la carga probatoria, que demuestre los hechos alegados en su acción, por lo que de igual manera, no corresponde otorgar la tutela solicitada, más aún si no acreditó, que las autoridades demandadas son las responsables de la lesión de derechos y de la forma de su comisión.