Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1962/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala como vulnerada su garantía del debido proceso, en atención a que durante el proceso disciplinario policial que se llevó a cabo en su contra, concluida la audiencia de juicio hasta la fase de conclusiones, el Presidente del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente, suspendió la audiencia hasta una nueva fecha, siendo que la norma procesal ordena que inmediatamente debe ingresarse a la deliberación y elaboración de la resolución, todo en la misma audiencia. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- 1)
- i)
- vi)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El objeto de la acción de amparo constitucional y la misión del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.2. El debido proceso como garantía jurisdiccional
- III.2.1. El debido proceso alcanza a la instancia administrativa
- continua…
- en la misma Audiencia Pública
- III.4. Análisis del caso concreto
- receso
- CONFIRMAR