Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1977/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.11.
II.11. A fs. 25, cursa notificación por cedulón, de 23 de octubre de 2009, misma que refiere que “se procede a la NOTIFICACION POR CEDULON, del mencionado CC Julio Cruz Felipez, para que se haga presente ante la secretaria de las oficinas de Asesoría Jurídica, para notificarse con la RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 055/2009 de fecha 26 de agosto de 2009 emitido por el Consejo de la Academia Nacional de Policías” (sic).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II
- II.6.
- II.9.
- II.10
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- III.3. Derecho al debido proceso
- ”
- III.4. Derecho a la educación
- III.5. Análisis del caso concreto
- conceder
- concedido
- CONFIRMAR