AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2012-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2012-O

Fecha: 05-Nov-2012

“en compañía de la oficial de diligencias y de una Notario de Fe Pública, se hace presente en el inmueble con el objeto de proceder con el desapoderamiento sin embargo las personas que estarían ocupando el inmueble no permiten el ingreso al mismo lo que impide al oficial de diligencias pueda ejecutar el desapoderamiento” (sic).

Señala también que el 4 de octubre de 2012, el SEDES-CHUQUISACA, “en compañía de la oficial de diligencias y de una Notario de Fe Pública, se hace presente en el inmueble con el objeto de proceder con el desapoderamiento sin embargo las personas que estarían ocupando el inmueble no permiten el ingreso al mismo lo que impide al oficial de diligencias pueda ejecutar el desapoderamiento” (sic). (resaltado nuestro), por esta razón, se solicitó al juez de la causa el 8 de octubre de 2012, expida nuevo mandamiento de desapoderamiento con facultades de allanamiento, ruptura de chapas y candados, habilitación de días y horas inhábiles, así como el auxilio de la fuerza pública para el caso de resistencia, petición en mérito de la cual, mediante providencia de 9 de octubre de 2012, se señaló lo siguiente: “especifique la disposición legal en la que funda su petición que luego se determinará lo que en derecho corresponda” (sic).