El presente voto disidente, en relación a la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa y en particular en cuanto a la parte dispositiva, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa y en particular en cuanto a la parte dispositiva, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará

Fecha: 22-Nov-2012

4º  Disponer

4º  Disponer en relación al ahora accionante y como medida provisional y condicionada, la suspensión temporal de los actos procesales desarrollados en etapa de juicio en la ciudad de Tarija, suspensión temporal condicionada a los resultados del informe médico a ser requerido por las autoridades demandadas; en ese orden, en caso de determinar dicho estudio técnico el riesgo a la vida del ahora accionante, se tendrá por concedida definitivamente la presente tutela y en relación al ahora accionante, se anularán obrados hasta la decisión de señalamiento de juicio oral en la ciudad de Tarija; por el contrario, en caso de establecerse que la altura de la ciudad de Tarija no afectará la salud del ahora accionante, cesarán los efectos de la tutela provisional, debiendo reanudarse en relación al ahora accionante todos los actos procesales propios de la etapa de juicio oral.