Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El presente voto disidente, en relación a la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa y en particular en cuanto a la parte dispositiva, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará
Fecha: 22-Nov-2012
I.1. Objeto del presente voto disidente y líneas argumentativas diferenciales
El presente voto disidente, en relación a la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa y en particular en cuanto a la parte dispositiva, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferenciales:
- I.1. Objeto del presente voto disidente y líneas argumentativas diferenciales
- a)
- b)
- c)
- I.2. Argumentación jurídica en relación al caso concreto
- i)
- I.3.
- a) Los atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación del derecho a la libertad; c) Cualquier acto u omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Cualquier acto o omisión que implique persecución indebida.
- B. Afectación al derecho a la vida y su tutela a través de la acción de libertad
- en caso de no obtenerse una pronta y oportuna tutela al derecho a la vida, sin necesidad de agotarse los mecanismos intra-procesales establecidos por ley, pues la espera de su resolución podría consolidar una lesión a este derecho, el afectado, inequívocamente podrá activar la acción de libertad de manera directa, para una tutela pronta y oportuna del derecho a la vida.
- así la tutela provisional condicionada, en mérito al método de la ponderación a ser aplicado de acuerdo a las circunstancias de cada caso concreto y para evitar un daño irreparable, suspende temporalmente el desarrollo y materialización de actos o decisiones, hasta que opere una condición futura de la cual dependa la continuación o extinción definitiva de los actos preventivamente suspendidos.
- la tutela provisional condicionada, constituye un dimensionamiento de los efectos de la acción de libertad en relación a decisiones jurisdiccionales, en cuyo caso y máxime cuando el acto denunciado como lesivo está vinculado con la vida, en revisión, el Tribunal Constitucional Plurinacional, para evitar una lesión a este derecho, está facultado para suspender actos de procedimiento de manera temporal y condicionada, es decir, hasta que opere una situación futura que sea determinante para la suspensión definitiva del acto procesal cuestionado o que dicha situación por su naturaleza, implique una reanudación de dicho acto por no existir afectación a un derecho fundamental, supuesto en el cual la tutela condicionada quedaría sin efecto
- I.4.
- 1)
- d)
- e)
- denegado
- 4º Disponer