El presente voto disidente, en relación a la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa y en particular en cuanto a la parte dispositiva, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre, plasma la divergencia en técnica argumentativa y en particular en cuanto a la parte dispositiva, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará

Fecha: 22-Nov-2012

I.4.

En ese contexto, se tiene que el peticionante de tutela a través de la presente acción de libertad, solicita el resguardo al derecho a su vida, siendo la causa de la petición, la decisión de los jueces técnicos del Tribunal Primero de Sentencia Penal de La Paz, quienes, de acuerdo al accionante, a pesar de los abundantes informes y certificaciones médicas cursantes en los actuados procesales de la causa penal principal, ordenaron la citación del ahora accionante, para comparecer a juicio oral en la ciudad de Tarija el 9 de octubre del año en curso, decisión que por la altura de dicha ciudad y en consideración al estado de salud del accionante, afectaría su derecho a la vida.