Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2066/2012
Fecha: 08-Nov-2012
APROBAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud a la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución de 30 de agosto de 2012, cursante de fs. 53 a 55, pronunciada por el Juez Segundo de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, con la modificación de que la restitución del servicio de agua potable a la vivienda de la accionante debe ser de forma inmediata, en caso de que no haya sido restituida aún.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- otorgó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- extremo aplicable al caso de autos, en el que la accionante pese a sus reiteradas solicitudes de dejar sin efecto la sanción de corte del servicio de agua potable, no prosperaron
- Fragmento 9
- III.3. El agua, un derecho fundamentalísimo protegido por el Estado
- no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho
- Fragmento 12
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR