SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2080/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2080/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.8.

II.8.  Félix Salek Alurralde recurrió de apelación el 29 de enero de 2004, contra la Sentencia 205 de 20 de diciembre de 2003, solicitando se anulen obrados, hasta la citación con la demanda, acusando como normas violadas las establecidas en el art. 3 inc.1) y 3) del Código de Procedimiento Civil (CPC), ya que el juzgador pese a los reiterativos reclamos sobre actuaciones nulas, en ningún momento subsanó, así como en referencia a la apreciación de la prueba, acusó de erróneamente aplicada, por lo que no se habría hecho una correcta valoración de la prueba aportada en el proceso,  causándole perjuicios y agravios al no haber cumplido con lo dispuesto en los arts. 190 y 192 inc. 3) del CPC, los cuales son de orden público y de cumplimiento obligatorio. (fs. 641 a 644).