Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2091/2012
Fecha: 08-Nov-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución de 27 de abril de 2011, cursante de fs. 31 a 34, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Gonzalo Vladimir Acuña Gutiérrez en representación sin mandato de Amalia Isla Leniz contra Rosario Butrón Vildoso, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “otorgó”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de tutela de la acción de libertad
- ;
- III.2.
- de tres días hábiles como máximo
- III.3.
- III.4. Análisis del caso
- de no tener estas características, el agraviado tiene la vía expedita para activar la jurisdicción constitucional. En el marco de este razonamiento, el recurso de reposición previsto en los arts. 401 y 402 del CPP, no se constituye en un mecanismo idóneo para corregir la lesión
- CONFIRMAR