Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2118/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.4.
II.4. A través de memorial presentado el 15 de mayo de 2010, el representante legal de “Petrosud Ltda.”, apeló la sentencia dictada dentro del proceso ejecutivo que le fue seguido; recurso que fue resuelto mediante Auto de Vista 26/2010 de 16 de junio, dictado por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, anulando obrados (fs. 73 a 85 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La identidad de sujetos, objeto y causa y el principio de cosa juzgada constitucional como causales de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el caso concreto
- RE