Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2118/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.7.
II.7. Mediante Auto de 15 de junio de 2011, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Civil, señaló audiencia de remate del inmueble de 972 m2 de propiedad de la entidad ejecutada, disponiendo además se publiquen los correspondientes avisos de remate; Resolución que fue notificada al representante legal de la Cooperativa “Petrosud Ltda.” el 25 de junio de 2011, mediante cédula fijada en su domicilio procesal (fs. 169 a 171).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La identidad de sujetos, objeto y causa y el principio de cosa juzgada constitucional como causales de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el caso concreto
- RE