Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2164/2012
Fecha: 08-Nov-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución 60/2012 de 10 de octubre, cursante de fs. 25 a 26, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Milton Paredes Tamayo en representación sin mandato de Ponciano Huanca Achocalla contra Ricardo Chumacero Torrez, Vocal de la Sala Penal Primera, y Myriam Aguilar Rodríguez, Vocal “convocada” de la Sala Social y Administrativa Primera, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- III.3. Aplicación de los principios ético-morales de la sociedad plural
- III.4. Tutela provisionalizada para casos sui géneris, que atenten el derecho al debido proceso
- en el caso de la expedición estimativa de medidas cautelares, exigir apariencia de buen derecho, evitando el peligro en la demora;
- 2º Disponer