Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2164/2012
Fecha: 08-Nov-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante ratificó el contenido de la acción, ampliando señaló que, al existir un mandamiento de detención domiciliaria en favor de su representado, y al no poderse cumplir el mismo por un trámite administrativo y por no contar con los efectivos policiales suficientes, se solicita la tutela contemplada en el art. 125 de la CPE, pidiendo que las autoridades demandadas puedan librar un nuevo mandamiento de detención domiciliaria sin escolta policial y la presentación periódica de Ponciano Huanca Achocalla ante el representante del Ministerio Público o Juzgado que se encargue del conocimiento de la causa, y en su caso, se otorgue una fianza económica para su representado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- III.3. Aplicación de los principios ético-morales de la sociedad plural
- III.4. Tutela provisionalizada para casos sui géneris, que atenten el derecho al debido proceso
- en el caso de la expedición estimativa de medidas cautelares, exigir apariencia de buen derecho, evitando el peligro en la demora;
- 2º Disponer