SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2180/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2180/2012

Fecha: 08-Nov-2012

2)

casa; otra de Ivonne Quisbert Vallejos, que afirma que ya no existe un salón de belleza en la calle Campero número veintiuno; 2) La legitimación activa está legalmente “capacitada” al estar casada con el hijo del demandado y tener instalado un salón de belleza en ese domicilio por lo que tiene legitimación para poder accionar; 3) Existe un proceso de reivindicación planteado por el demandado, en el que la accionante podía haber reclamado para que se proceda a la restitución de los servicios reclamados; y, 4) El demandado, al haber presentado fotografías y solicitado inspección, hace suponer que la acción sea totalmente improcedente al haber pruebas controvertidas.