Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2180/2012
Fecha: 08-Nov-2012
2º Disponer
2º Disponer la calificación y cancelación de los daños y perjuicios que se solicita en favor de la accionante, a ser cancelados por el demandado, a cuyo efecto el Juez de garantías deberá cuantificar de forma objetiva el monto solicitado conforme a derecho. Asimismo, se condena al pago de costas al demandado, considerando la malicia, atentando los derechos a la vida, a la alimentación, a la salud y otros invocados por la accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- 2)
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El control tutelar de constitucionalidad y el resguardo a derechos fundamentales, ante medidas de hecho
- III.3. Los servicios básicos son derechos fundamentales
- en cuanto a los cortes de energía eléctrica o suministro de agua potable como medida de presión ejercida por el propietario sobre su inquilino, a los efectos del cobro de alquileres o el desalojo
- III.4. El “vivir bien” en su triple dimensión, aplicable a medidas de hecho
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- 1º REVOCAR
- 2º Disponer