SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2180/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2180/2012

Fecha: 08-Nov-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 20 de agosto de 2012, el demandado Onofre Sánchez Ticona, cortó la luz y el agua de los ambientes donde la accionante realizaba su actividad laboral de peinadora, con cuyos frutos se alimentan ella y su hija, atentando contra los  derechos a la vida, a la alimentación y al trabajo, causándole perjuicios económicos; puesto que, no puede realizar su trabajo al no tener agua y energía eléctrica.

Relata como antecedente que, estaría en un proceso de divorcio con su esposo, Abad Grover Sánchez Mamani, siendo el ahora demandado el padre de su marido, quien a su vez le inició un proceso de reivindicación; manifestando que su cónyuge no le pasaría ninguna asistencia familiar, por lo que se mantiene con su actividad de peinadora.

Indica que, los servicios básicos de luz y agua están consagrados como un derecho fundamental por la Constitución Política del Estado y por el art. 24 de la Ley del Servicio de Agua y Alcantarillado Sanitario (LSAAS), y por ser de vital importancia para vivir bien; el corte de estos servicios, se constituye en “medidas de hecho”, por lo que debe prescindirse de la subsidiariedad, a los fines de restablecer los servicios, ya que con dicha restricción se atenta su derecho al trabajo, señalando que sería lo único que sabe hacer; además, que su hija, también estará afectada con estos hechos porque se encuentra en edad escolar sin poder hacer sus tareas educativas, ni realizarse el aseo personal.