SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2208/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2208/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.2.

II.2.  En fecha 16 de mayo de 2012, de acuerdo al acta de denuncia verbal, presentada en la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), Jamil Espindola Perales, ahora accionante, en representación de Eusebio Salvatierra Payares, presentó denuncia formal contra los demandados en la presente acción, por los delitos de robo y asociación delictuosa, indicando que a fines del mes de abril de 2012, “los sindicados asociados delictuosamente” (sic), habían ingresado al lote de terreno de su representado donde procedieron a robar postes, alambres y material de construcción; y que, cuando su representado, como propietario del lugar, intentó reclamar estos hechos, fue objeto de amenazas con machetes y palos, por parte de personas que desconoce (fs. 27).