SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2211/2012
Fecha: 08-Nov-2012
Se aprueba el corte de luz para los pobladores hasta su aporte
En el caso de examen, se tiene que la asamblea de la comunidad Montevideo, municipio Bella Flor, provincia Nicolás Suárez, del departamento de Pando, con personalidad jurídica 118-13/06/96, afiliada a la Subcentral del municipio Bella Flor y la FSUTCP, Puerto Evo Morales, el 25 de agosto de 2012, siguiendo sus ejes temáticos, entre ellos, sobre la organización para la alimentación de los trabajadores de SEPCAM, acordó que: “La Comunidad y la población en general en aporte 80Bs.- como cuota extraordinaria para apoyar con alimentación a los trabajadores de las calles y para el aporte para la realización del evento que se llevará a efecto el día 28 y 29 de agosto, como la comunidad quiere ofrecer su apoyo como sede el evento. Se aprueba el corte de luz para los pobladores hasta su aporte…” (el resaltado es añadido).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La interculturalidad jurídica como fin para lograr armonía entre distintas visiones de derecho: El caso de la aplicación del Estatuto Orgánico de la Comunidad de Montevideo que establece como sanción, el corte de energía eléctrica a sus miembros
- Para ello, baste mirar la estructura o sistemática interna de cada Constitución que se inscribe a este ciclo, donde se advierte que en su diseño únicamente se tomó como parámetros los valores culturales de un solo grupo, en una evidente primacía de una cultura (la occidental) sobre las demás (de los pueblos indígenas, originario, campesinos) con relación negativa entre grupos culturales.
- Fragmento 16
- para que recogiendo lo mejor de ambos,
- Se aprueba el corte de luz para los pobladores hasta su aporte
- son estas cuatro personas que nunca colaboran y perjudican el progreso de nuestro pueblo
- Los que reinciden en las faltas serán pasible a un día de corte de energía eléctrica y pago de 100Bs
- 2º Disponer