SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2323/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2323/2012

Fecha: 16-Nov-2012

a)

El accionante, por intermedio de su abogado, ratificó en el tenor integro de su memorial de demanda y la amplió indicando: a) Son reiteradas las suspensiones y recusaciones realizadas sin fundamento; b) El 25 de abril de 2011 lograron instalar la audiencia de cesación de medidas cautelares, sin embargo en la misma se dictó un decreto donde se indicó que no se observó el art. 236.3 del CPP, “que no se mencionó los motivos que dieron lugar a la detención preventiva, que se suspendió la audiencia, que no firmó al pie de la referida providencia” (sic); y, c) Pasaron más de seis meses, por lo que considera, que los riesgos procesales desaparecieron, correspondiendo por ello, que su defendido sea liberado inmediatamente y se deje sin efecto el acta y Auto de 23 de septiembre de 2010.