SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2450/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2450/2012

Fecha: 22-Nov-2012

III.3.  La cesación de la detención preventiva conforme el art. 239 inc. 1) del CPP; y, el marco de análisis del Tribunal de alzada que resuelve la apelación incidental

La jurisprudencia constitucional sentada en la SCP 0014/2012 de 16 de marzo, señaló: “El art. 239.1 del CPP - incluso después de la reforma efectuada por Ley 007 de 18 de mayo de 2010- determina que la detención preventiva cesará: 'Cuando nuevos elementos de juicio demuestren que no concurren los motivos que la fundaron o torne conveniente que sea sustituida por otra medida'.