SCP 2532/2012 de 14 de diciembre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 2532/2012 de 14 de diciembre

Fecha: 21-Dic-2012

objetiva

En segundo término, hablaremos del derecho al agua en su dimensión objetiva, cuando se identifique su vinculación directa e indivisible con otros derechos fundamentales como los previamente citados (salud, vida, dignidad), calidad que lo hace oponible frente a todos los Órganos del Estado, toda vez que, al ser los derechos fundamentales, la positivización de los valores que conforman el núcleo duro de la base fundamental del Estado Plurinacional de Bolivia, descrito inicialmente en el Preámbulo de la Constitución Política del Estado y prescrito en los arts. 8, 9, 13, 14.III y IV y 410 de carta la de derechos, se hace inexcusable su observancia y protección, por parte de administrados y administradores del Estado; criterio asumido por la precitada SC 0156/2010-R, que señaló: "El agua es un recurso vital, del cual depende el ejercicio de otros derechos fundamentales, como son la vida y la salud, forma parte integrante de los derechos humanos oficialmente reconocidos en los instrumentos internacionales, es un bien común universal, patrimonio vital, derecho básico, individual, indivisible, imprescriptible y colectivamente inalienable, que cada persona requiere para su uso personal y doméstico y al que pueda acceder por un precio adecuado y razonable. Cada persona tiene el derecho a un sistema de agua que funcione, los sistemas de agua se deben organizar y manejar para garantizar su acceso continuo" (el resaltado nos corresponde).