SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2496/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2496/2012

Fecha: 03-Dic-2012

a)

El abogado de la accionante ratificó en audiencia los términos expresados en el memorial de demanda y ampliando, señaló: a) La SCP “0236/2012”, en un caso idéntico declaró la “procedencia” de la acción, del mismo modo, la SCP “0148/2012”, que estableció las reglas para dicha procedencia, como ser: la debida fundamentación, daño irreparable, acreditación del derecho propietario, los cuales se configuran en el presente caso; b) El avasallamiento ha ocurrido recientemente; es decir, el 30 de julio, por eso las maderas del cerco son “nuevitas” y los árboles frutales son de su propiedad; además, en el memorial de usucapión no señala los datos del predio reclamado; y, c) El demandado ante el Director de Catastro solicitó conciliación y ofreció comprarle el predio, pues está acostumbrado a ingresar a predios e iniciar procesos de usucapión.