Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2504/2012
Fecha: 03-Dic-2012
II.1.
II.1. Dentro de un proceso penal seguido contra los accionantes a instancias del Ministerio Público, por denuncia de Edilberto Coca Veliz y Cirila Pinto Coca; mediante decreto de fecha 25 de enero de 2012, la Jueza Tercera de Sentencia Penal, a tiempo de radicar la causa, dispuso la notificación a las partes en forma personal, con la acusación interpuesta por la Fiscal de Materia (fs.12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los derechos al debido proceso y la defensa invocados por los accionantes
- III.3. La nulidad de notificaciones y el principio de la finalidad cumplida
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR