Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2505/2012
Fecha: 03-Dic-2012
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal iniciado por HILTRABOL S.A. contra Freddy Javier Oporto Castillo por los delitos de falsedad material e ideológica, uso de instrumento falsificado y otros, cursan en el expediente varias recusaciones desde el 27 de septiembre de 2012, que fueron planteadas por el imputado ahora accionante contra los Jueces Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Instrucción en lo Penal de La Paz, invocándose el art. 316 inc. 2) y 11) del CPP, en el sentido de que estas autoridades jurisdiccionales habrían demostrado animadversión hacia su persona y tendrían íntima amistad con los abogados de la parte querellante (fs. 8 a 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Fragmento 18
- III.2. Improcedencia de la acción de libertad, ante la inexistencia de persecución ilegal o indebida
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR