SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2505/2012
Fecha: 03-Dic-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la defensa y al debido proceso, ya que dentro del proceso penal que sigue en su contra el Ministerio Público, su caso pasó a conocimiento del Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, autoridad judicial a la que en su momento oportuno recusó por una manifiesta parcialidad a la parte contraria; sin embargo, esta autoridad judicial no se habría allanado a la recusación planteada, pretendiendo llevar adelante la audiencia de medidas cautelares programada, además de haberle designado un abogado defensor de oficio sin su consentimiento, a pesar de que cuenta con abogados particulares de su confianza. Corresponde en revisión verificar si los actos denunciados, conllevan a conceder o no la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Fragmento 18
- III.2. Improcedencia de la acción de libertad, ante la inexistencia de persecución ilegal o indebida
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR