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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2510/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2510/2012

    Fecha: 12-Dic-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
    • Fragmento 16
    • III.2. La tutela de la acción de libertad ante una supuesta persecución indebida e ilegal procesamiento
    • La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana
    • la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes»
    • subsidiariedad
    • es imperioso que las controversias que podrían conllevar a suscitar una acción constitucional, previamente sean resueltas y 'respondidas' en las instancias establecidas en nuestro ordenamiento jurídico
    • III.4. El Juez cautelar como contralor de la investigación
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • Respecto al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Néstor Carlos Guerrero Arraya
    • Respecto al Fiscal de Materia, Carlos Fiorilo Cruz
    • CONFIRMAR

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