SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2510/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2510/2012

Fecha: 12-Dic-2012

1)

El codemandado, Néstor Carlos Guerrero Arraya, Juez Primero de Instrucción en lo Penal, en audiencia informó que: 1) A pedido del Fiscal de Materia, Carlos Fiorilo Cruz -también codemandado- evidentemente expidió mandamiento de allanamiento, requisa y secuestro, así como mandamiento de aprehensión, en mérito a que la autoridad fiscal justificó las condiciones necesarias para hacerlo; 2) El hoy accionante, presentó el memorial que reclama, el viernes 21 de septiembre de 2012 y dado que sábado y domingo no son días laborales, el escrito fue providenciado el lunes 24 de igual mes y año, rechazando la solicitud del impetrante en mérito a que, de acuerdo al art. 279 del CPP, el juez no puede inmiscuirse en actividades correspondientes a la investigación ni el Fiscal en actos jurisdiccionales; y, 3) La presentación espontánea a la que alude el accionante, no se limita a la presentación de un memorial, sino que está referida a la materialización de la presencia del sindicado en forma personal; por lo que, no ha sido vulnerado ningún derecho o garantía del accionante.