Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2579/2012
Fecha: 21-Dic-2012
II.5.
II.5. El 1 de agosto de 2012, el accionante envió una nota al Directorio del Country Club Cochabamba solicitando copias de las actas, de 25 de abril de 2012, en donde figura su elección como miembro del Directorio, así como la de 9 de julio del mismo año; aclarando además que, a objeto de agotar instancias, solicita al Directorio dejar sin efecto las determinaciones adoptadas en la reunión de la última fecha señalada, con referencia a su exclusión del Directorio (fs. 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR