Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2579/2012
Fecha: 21-Dic-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que, en una reunión del Directorio del Country Club Cochabamba, del cual él forma parte, los miembros del mismo, de manera ilegal y arbitraria, decidieron alejarlo del cargo procediendo a una votación interna para inhabilitarlo y poner en su lugar a un Director suplente, sin que previamente se haya realizado un debido proceso y sin que se respeten las normas internas de su Estatuto Orgánico; vulnerando en consecuencia, sus derechos fundamentales. Por lo que, corresponde analizar en revisión si los actos denunciados son evidentes a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR