SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2617/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2617/2012

Fecha: 21-Dic-2012

1)

Los accionantes, ratificaron in extenso los argumentos de su demanda tutelar y aclararon, que: 1) Los accionantes fueron aprehendidos por funcionarios de la FELCC y fueron puestos a conocimiento del Ministerio Público y consecuentemente se emitió Resolución de imputación formal en su contra fuera de las veinticuatro horas establecidas por ley; 2) Una vez llevada la audiencia de medidas cautelares de carácter personal, se dispuso su detención y ante las denuncias  sobre irregularidades realizadas por el Fiscal, simplemente se le llamó la atención, insinuando que pondría en conocimiento del Fiscal de Distrito -ahora Departamental-; 3) La accionante Jimena Rodas Vargas, se encontraba delicada de salud, aspecto que no ha sido considerado por la autoridad demandada; y, 4) En aplicación del art. 251 del CPP, se interpuso apelación incidental en audiencia de medidas cautelares y el 11 de noviembre de 2010, se presentó de forma escrita por Aníbal Almanza Diez y a la fecha de la interposición de la acción de libertad, no ha sido remitida ante el Juez en grado superior; empero, fue remitido recién el 30 del citado mes y año, esto provoca que los accionantes se encuentren indebida e ilegalmente detenidos.