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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2617/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2617/2012

    Fecha: 21-Dic-2012

    II.3.

    II.3.  Los accionantes en acta de audiencia pública de acción de libertad, manifestaron que al haberse suprimido y amenazado su libertad física, al no haber sido sorprendidos en flagrancia, no les entregaron ninguna citación, tampoco se emitió mandamiento de aprehensión en contra de los accionantes y al haber sido torturados por funcionarios policiales dependientes de la FELCC por lo que solicitaron su libertad (12 vta. y 13).

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
    • III.2.  Carácter excepcional de aplicación del principio de subsidiaridad de la acción de libertad.
    • III.3.
    • III.4.  Aplicación del principio de celeridad procesal en caso de    cesación de la detención preventiva
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • el accionante al utilizar los mecanismos intra procesales de la vía ordinaria penal, previsto en el Código de Procedimiento Penal, no esperó los resultados del Juez de alzada
    • CONFIRMAR

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