AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
I.1. Antecedentes
Mediante memorial de 7 de mayo de 2009, cursante a fs. 13 y vta., la incidentista interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucional manifestando que, dentro del proceso ejecutivo seguido por la misma, contra Javier Pinto Gallo por cobro de alquileres devengados, en su condición de ejecutante planteó incidente de inconstitucionalidad contra el art. “480” del CPC, en la parte que reza “…y en él las firmas del arrendador y del arrendatario”, texto que considera contrario al art. 180.II de la CPE, en relación al principio de verdad material, toda vez que, si se mantiene dicha frase, se dejaría de lado ese principio y sólo se exigiría la verdad formal, pues por lógica presunción es prácticamente difícil que una persona deudora de alquileres este predispuesta a firmar un recibo, descartando de esta forma otros medios totalmente legales para acreditar la existencia de una deuda, como ser la confesión u otros documentos.
- consulta
- I.1. Antecedentes
- I.2. Respuesta al recurso
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- II.4.
- II.5. Sobre la supresión del derecho
- :
- b)
- 1. Rechazando
- 2. Admitiendo
- el rechazo de la solicitud de parte del recurso incidental de inconstitucionalidad, no suspende el proceso judicial o administrativo, ni impide la dictación de la resolución o sentencia
- , no existiendo, por tanto, la posibilidad de no tramitarlo, caso contrario, la autoridad judicial o administrativa incurre en la supresión de la garantía contenida en el art. 132 de la CPE
- 1. Admitir el incidente
- 2. Rechazar el incidente
- II.6. Análisis del caso concreto
- numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- 1º APROBAR,
- 2º