AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2012-CA

Fecha: 22-Feb-2012

I.2. Respuesta al recurso

Antes de ingresar a los argumentos de la respuesta del presente recurso, corresponde indicar, que este incidente de inconstitucionalidad, fue tramitado a consecuencia de la acción de amparo constitucional interpuesta por Aniceta Rodríguez Tango contra los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ante quienes se presentó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, pronunciando la resolución que resolvió el recurso de apelación en el efecto devolutivo dentro del proceso ejecutivo en cuestión (Auto de Vista 173/2009 de 1 de junio), sin imprimir, previamente, el trámite previsto por ley respecto del incidente de inconstitucionalidad.

En cuyo mérito el Tribunal de garantías conformado por las autoridades consultantes, al emitir el “AC 173/2009 de 24 de junio”, concedieron la tutela solicitada, ordenando que se tramite inmediatamente el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, disponiendo que se dejará sin efecto el Auto de Vista 173/2009 de 1 de junio, pronunciado en el proceso ejecutivo en cuestión.