SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0090/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0090/2012

Fecha: 19-Abr-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 10 de septiembre de 2011, se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares de su representada, por el delito de legitimación de ganancias ilícitas y otros, determinándose su detención preventiva con los fundamentos de que pese a tener un domicilio establecido y una familia legalmente constituida, sin embargo, no ha podido demostrar un trabajo u ocupación lícita; de la misma manera al no tener una arraigo natural, respecto a que pueda abandonar el país, no ha desvirtuado el peligro de fuga, según lo establecido por los arts. 234.1, y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), continúa relatando, que el 5 de diciembre del mismo año, se llevó a cabo la audiencia de cesación de detención preventiva en la que el Juez dispuso la libertad de su representada, imponiéndole medidas sustitutivas, bajo el fundamento de que el derecho a la vida es un derecho fundamental protegido constitucionalmente y que se encuentra por encima de los demás derechos; dicha situación se produjo debido a que su representada presentó certificados médicos avalados tanto por médicos particulares, así como del médico forense Hugo Cuellar Villagra, que certificó y diagnosticó que padecía de cáncer de cuello uterino, que se realiza tratamientos de quimioterapia y radioterapia; añade el accionante, que la salud de su representada se ha agravado, que según certificado médico se encuentra internada por dengue hemorrágico y que todos los profesionales han coincidido en la gravedad del estado de salud en el que se encuentra, por lo que si es detenida preventivamente su vida corre peligro, además de que debe tomarse en cuenta que ha venido cumpliendo las medidas sustitutivas que le ha impuesto el Juez cautelar, y que no pueden sacarla de la clínica de manera arbitraria sin importar que muera en el camino.