SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2012

Fecha: 19-Abr-2012

III.3.  La fundamentación oral del recurso de apelación incidental en medidas cautelares y la aplicación de los principios oralidad e inmediación

Efectuada la modificación al sistema procesal penal en nuestro país a partir de la puesta en vigencia de la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999 (Código de Procedimiento Penal), en materia penal rigen premisas máximas como los principios de oralidad e inmediación que se vinculan a su vez con el principio de celeridad, que hacen a la actuación de los sujetos procesales, con la finalidad de lograr una administración de justicia pronta y oportuna, sin dilaciones indebidas, materializando así la disposición contenida en el art. 115 de la CPE y el principio de igualdad para las partes del proceso. En ese sentido, la inmediación está dirigida a la relación directa entre las partes y el órgano jurisdiccional, prescindiendo de otras formalidades o la intervención de otras personas, permitiendo se aprecie de mejor manera los medios probatorios -en caso de medidas cautelares elementos o indicios-; estrechamente vinculado con la oralidad del procedimiento que hace a su inmediatez y eficacia.