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    AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2012-RCA

    Fecha: 24-May-2012

    II.2.  Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento

              De ahí que su finalidad no es hacer cumplir la ley o el procedimiento previsto en disposiciones legales de carácter general, de cuya omisión indebida o negativa ilegal del servidor público pudiera resultar la restricción, supresión o amenaza a derechos fundamentales y garantías constitucionales, en cuyo caso corresponderá la interposición de la acción de amparo constitucional.

    • revisión
    • mediante Auto de Vista 139/2007 de 11 de octubre, modificó ese monto a USD36 971 89.-
    • 1 de febrero de 2011,
    • por Resolución de 25 de octubre de igual año, se rechazó el incidente de nulidad planteado, desestimó la reposición y concedió el recurso de apelación en el efecto devolutivo
    • Auto de Vista 015/2012 de 25 de enero, la Sala Civil Primera, confirmó el Auto de 25 de octubre de 2011, que rechazó el incidente de nulidad y desestimó el recurso de reposición,
    • I.2. Petitorio
    • rechazó in limine
    • Fragmento 8
    • Fragmento 9
    • II.2.  Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
    • siempre que no existan vías administrativas o judiciales para su eficaz protección
    • 6.   Para el cumplimiento de sentencias judiciales o resoluciones administrativas que tengan autoridad de cosa juzgada”
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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