SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2012
Fecha: 14-May-2012
II.3.
II.3. Posteriormente la parte accionante, al ser cesada en sus funciones, como efecto de la intervención indicada, solicitaron a la Sala Penal Tercera, el cumplimiento de la Resolución 60/2006, que en ese entonces dispuso la restitución a sus cargos de miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de COTEL Ltda., como efecto de esa solicitud la Sala Penal mencionada, conformada por los Vocales ahora demandados, dictó con el voto disidente de la Vocal Blanca Alarcón de Villarroel, el Auto de 9 de noviembre de 2009, disponiendo que el Interventor, Cesar Carlos Bohrt Urquizo cumpla con la Resolución 60/2006 “a los efectos de lo previsto por el Art. 56 inc. b) de los Estatutos de COTEL La Paz Ltda., sobre la conformación del comité electoral y el verificativo de elecciones.” (sic).
- acción de amparo constitucional
- a)
- : 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no es la vía idónea para pedir el cumplimiento de otra acción tutelar.
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- APROBAR