SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2012
Fecha: 14-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los ahora representados afirman que al haber sido restituidos como miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de COTEL Ltda., en cumplimiento de la Resolución 60/2006, emitida por la Sala Penal Tercera, después fueron cesados de sus cargos, como consecuencia de la intervención realizada a esa Cooperativa por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante RM 395/09, frente a lo cual acudieron ante la misma Sala, solicitando que hagan cumplir la Resolución 60/2006, de cuyo resultado los Vocales, ahora demandados, emitieron el Auto de 9 de noviembre de 2009, disponiendo que el Interventor Cesar Carlos Bohrt Urquizo cumpla con la última resolución citada a efectos de conformar el comité electoral y el verificativo de elecciones, lo cual, a criterio de la parte accionante, modificaría deliberadamente la Resolución 60/2006, en vez de disponer solo el cumplimiento de dicho fallo, con la cual, consecuentemente se lesiona el principio de seguridad jurídica, al derechos a la defensa y al debido proceso. En consecuencia corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes, para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- a)
- : 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no es la vía idónea para pedir el cumplimiento de otra acción tutelar.
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- APROBAR