SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2012

Fecha: 24-May-2012

concedió parcialmente

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 4 de febrero de 2010, cursante de fs. 118 a 121, concedió parcialmente la tutela solicitada, disponiendo en consecuencia se deje sin efecto el Auto de Vista de 14 de enero de 2009 y su complementario de 23 del mismo mes y año, asimismo que la autoridad demandada, pronuncie de inmediato y sin espera de turno, un nuevo auto de vista cumpliendo previamente el requisito previsto por el art. 234 del CPC; con el argumento de que: i) Los Autos impugnados son ilegales y afectan los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso de los mandantes de los accionantes; y, ii) Al no haberse dictado el decreto de autos para resolución no es posible determinar con precisión si el Auto de Vista fue pronunciado dentro del plazo legal o si fue emitido cuando el Juez ya había perdido competencia.