Sentencia: 0440/2012 de 22 de junio de 2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0440/2012 de 22 de junio de 2012

Fecha: 22-Jun-2012

b) Medio de defensa ineficaz:

b) Medio de defensa ineficaz: Al respecto, la SC 0651/2003-R de 13 de mayo, estableció, que: “…el amparo no sólo procede cuando no existe otra vía legal para la tutela de los derechos conculcados, sino también, en los casos en que aquella resulta ineficaz, por tardía, para proteger el derecho fundamental conculcado o amenazado; asimismo, debe establecerse si el recurrido o sujeto pasivo del amparo se encuentra por razones de hecho en una clara situación de poder respecto al recurrente" (Así, SSCC 1010/2002-R, 158/2001-R, 1017/2002-R)”. Es decir, que no es suficiente alegar la inexistencia de medios de defensa, sino que aun existiendo los mismos se tornan en ineficaces para el restablecimiento inmediato del derecho conculcado.