Sentencia: 0440/2012 de 22 de junio de 2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0440/2012 de 22 de junio de 2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.1.

II.1.   La inexistencia del presunto acto ilegal considerado como medida de hecho por los accionantes, dado que el corte de energía eléctrica se produjo el 5 de marzo de 2012, según refieren en memorial de acción de amparo constitucional; empero, en Acta de Inspección Ocular de 14 de igual mes y año, el representante del Ministerio Público, constató que en los locales comerciales -casetas de ENTEL y VIVA- donde ejercen su actividad laboral los accionantes, cuentan con energía eléctrica desde el 9 del citado mes y año. De donde se concluye que los efectos del presunto corte de energía, que a decir de los accionantes se trata de un “daño irreversible”  que los puso en estado de necesidad por no permitirles ejercer su actividad laboral, desaparecieron a tiempo de la interposición de la acción de amparo constitucional -14 de marzo de 2012-.